Construir un Plan de Igualdad en 5 pasos

Con motivo de la celebración del 8 de marzo, hemos querido dedicar el artículo de hoy a un tema siempre controvertido, la igual dentro de la empresa. En primer lugar, repasaremos la normativa vigente, veremos los 5 pasos básicos para la instauración de un Plan de Igualdad y nombraremos un par de asesores externos que te pueden servir de ayuda.

Según el RD 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación; la creación de un Plan de Igualdad es obligatoria para todas las empresas con una plantilla superior a 50 trabajadores.

El periodo transitorio para la aplicación total de la normativa comenzó el 7 de marzo de 2019. Así, las empresas con más de 150 empleados disponían hasta marzo de 2020 para construir un Plan de Igualdad. Sin embargo, las empresas con una plantilla de 100 – 150 trabajadores tenían hasta el pasado domingo 7 de marzo para crear su Plan. En último lugar, las organizaciones de entre 50 y 100 empleados disponen hasta el 7 de marzo de 2022 para establecer su proyecto.

Comité Permanente de Igualdad

Comencemos por los cimientos. Para la implantación de un Plan de Igualdad lo primero es contar con el compromiso de la empresa. Sin este factor, no será posible la construcción de un Comité o Comisión Permanente de Igualdad. El cual designará las funciones, los canales de comunicación y los plazos para llevar a cabo este Plan.

En el primer punto del “Manual para elaborar un Plan de Igualdad en la empresa“, difundido por el Ministerio de Igualdad y Asuntos Sociales, se especifica en detalle quienes deben ser los agentes implicados.

Diagnóstico

Lo primero será la recogida de información de la empresa, para ver dónde están los puntos críticos de desigualdad. Necesitaremos un análisis de información cuantitativa y cualitativa, en materias como el proceso de contratación, promoción interna, condiciones laborales, auditoría salarial entre hombres y mujeres, conciliación familiar y laboral, prevención del acoso sexual y por razón de sexo, etc.

Los datos pueden ser facilitados por la empresa o se pueden recolectar a través de formularios e informes.

Con esta información se localizan los focos de desigualdad existentes en la compañía y se definen los puntos de actuación del Plan. Esta valoración debe ser negociada, alcanzando un convenio de todas las partes implicadas.

Elaboración del Plan de Igualdad de la empresa

Una vez completado el diagnóstico, y junto a la Comisión Permanente de Igualdad, se definirán los objetivos. Se deben concretar las medidas de obligada aplicación, con el objetivo de combatir los puntos débiles en materia de igualdad.

Este informe albergará toda la información recolectada previamente y las actuaciones a realizar.

Además, se elaborará un calendario con los plazos de ejecución de las acciones, estableciendo también a las personas responsables. Así mismo, se han de detallar los recursos de los que se dispone para llevar a cabo dichas acciones.

Registro del plan de igualdad

El Plan ha de registrarse en la Dirección General de Trabajo o en la autoridad autonómica. Una vez registrado, el contenido del Plan pasará a ser de dominio público.

Seguimiento

Durante el seguimiento se debe velar porque se implementen los cambios propuestos en el Plan, y además buscar posibles vías de mejora.

El Plan de Igualdad, al igual que otros planes de mejora que se instauran en las empresas, debe mantenerse vivo y en continuo progreso para que resulte realmente efectivo.

En último lugar, y por si todo esto te ha sonado a chino, te informamos de que este tipo de acciones pueden llevarse a cabo internamente o a través de consultores externos especializados, como es el caso de Arete Activa o Randstad.

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